06-03-2018, 13:35
Una instrucción firmada por el Director de la DGT y publicada por en su propia cuenta de Twitter aclara el tema de si las luces "parpadeantes" (intermitentes) están o no permitidas para la circulación diurna
El literal de la conclusión de esa instrucción dice: "En consecuencia, a la vista de la normativa de circulación y técnica de vehículos mencionada (artículos 98.1 y 22.4 del Reglamento General de Circulación), se debe concluir que las luces parpadeantes para bicicletas no pueden ser objeto de denuncia o infracción a la normativa de tráfico y seguridad vial siempre que no produzcan deslumbramiento al resto de los usuarios de la vía, requisito éste de no deslumbramiento que cumplen las luces que se adecúan a la normativa técnica anteriormente señalada"
Buenas noticias para todos los que llevamos (o llevábamos) la luz diurna en modo intermitente. En este caso la cordura y la seguridad se imponen.
Aquí el tweet original https://twitter.com/Gserr...photo/1
El literal de la conclusión de esa instrucción dice: "En consecuencia, a la vista de la normativa de circulación y técnica de vehículos mencionada (artículos 98.1 y 22.4 del Reglamento General de Circulación), se debe concluir que las luces parpadeantes para bicicletas no pueden ser objeto de denuncia o infracción a la normativa de tráfico y seguridad vial siempre que no produzcan deslumbramiento al resto de los usuarios de la vía, requisito éste de no deslumbramiento que cumplen las luces que se adecúan a la normativa técnica anteriormente señalada"
Buenas noticias para todos los que llevamos (o llevábamos) la luz diurna en modo intermitente. En este caso la cordura y la seguridad se imponen.
Aquí el tweet original https://twitter.com/Gserr...photo/1
![[Imagen: DBAVg6U.jpeg]](http://img.fenixzone.net/i/DBAVg6U.jpeg)